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Calculadora de Horas Extra 2026

Calcula cuánto debe pagarte tu empresa por cada hora extra: valor de la hora ordinaria según tu salario y jornada anual, más el recargo que fije tu convenio colectivo (habitualmente entre el 25% y el 75%). Con el límite legal de 80 horas extra al año (Art. 35 ET).

Calculadora de Horas Extra 2026

Calcula el valor de tus horas extra con el recargo de tu convenio

Tu salario base mensual

En este mes

El ET solo garantiza el valor de la hora ordinaria; el recargo lo fija tu convenio

Para ajustar el cálculo anual

¿Cuánto se paga la hora extra?

Mínimo legal: el valor de la hora ordinaria

El Art. 35.1 ET establece que la hora extra no puede pagarse por debajo del valor de la hora ordinaria, o bien compensarse con descanso retribuido equivalente dentro de los 4 meses siguientes. El ET no fija ningún recargo obligatorio.

El recargo lo fija tu convenio colectivo

La mayoría de convenios mejoran ese mínimo con recargos de entre el +25% y el +75%, a menudo con porcentajes mayores para horas realizadas en festivo o en horario nocturno. Consulta la tabla salarial de tu convenio: es lo que determina tu caso.

Ojo: hora extra ≠ plus de nocturnidad

Trabajar de noche (22h-6h) dentro de tu jornada ordinaria da derecho al plus de nocturnidad de tu convenio, que es un concepto distinto de la hora extraordinaria. Si la hora extra además es nocturna, muchos convenios acumulan ambos recargos.

Ejemplo de cálculo paso a paso

DatoValorCálculo
Salario bruto mensual (12 pagas)€1.500Bruto anual: €18.000
Jornada anual efectiva1.826h40h/semana, descontando vacaciones y festivos
Valor hora ordinaria€9,86/h€18.000 ÷ 1.826
Recargo de convenio: +25%€12,32/h€9,86 × 1,25
Horas extra trabajadas5h
TOTAL A PAGAR€61,61€12,32 × 5
Resultado: Por 5 horas extra con recargo del 25% y €1.500 de bruto mensual, recibirías €61,61 brutos en tu nómina.

Normativa legal

Art. 35.1 ET: La hora extraordinaria se retribuye, como mínimo, al valor de la hora ordinaria, o se compensa con descanso retribuido equivalente. En ausencia de pacto, se entiende que se compensa con descanso dentro de los 4 meses siguientes. El recargo concreto (+25%, +50%, +75%...) lo fija el convenio colectivo o el contrato.

Art. 35.2 ET — Límite legal: Máximo 80 horas extraordinarias al año. No computan para ese límite las compensadas con descanso en los 4 meses siguientes ni las realizadas por fuerza mayor (prevenir o reparar siniestros y daños urgentes).

Art. 35.4 ET — Voluntariedad: Hacer horas extra es voluntario, salvo que se hayan pactado en convenio o contrato, o se trate de fuerza mayor. Tu empresa no puede imponértelas unilateralmente fuera de esos casos.

Cotización: Las horas extra cotizan a la Seguridad Social con un tipo adicional (4,7% a cargo del trabajador para las estructurales; 2% las de fuerza mayor) y tributan en el IRPF como salario. Si cesas en la empresa con horas extra pendientes de pago, inclúyelas en el finiquito.

Preguntas frecuentes

¿Las horas extra se pagan siempre?

Sí. El trabajo extraordinario debe compensarse siempre, bien en dinero (lo más común) o en tiempo de descanso equivalente. Si lo dejas sin cobrar o acumulas muchas sin compensar, puedes reclamar ante la inspección de trabajo.

¿Puedo rechazar hacer horas extra?

Sí. Las horas extra son voluntarias (Art. 35.4 ET), salvo que su realización se haya pactado en convenio colectivo o en tu contrato, o que se trate de horas por fuerza mayor (prevenir o reparar siniestros o daños extraordinarios y urgentes). Fuera de esos casos, tu empresa no puede obligarte ni sancionarte por negarte.

¿Qué pasa si no me pagan las horas extra?

Puedes reclamarlas: primero por escrito a la empresa, y si no las abona, mediante papeleta de conciliación y demanda (el plazo de reclamación de cantidades es de 1 año), o denuncia ante la Inspección de Trabajo. Clave: guarda pruebas del exceso de jornada (registro horario, correos, cuadrantes). La empresa está obligada a llevar registro diario de jornada.

¿Las horas extra se incluyen en el finiquito?

No directamente (se pagan en nómina). Pero si cambias de trabajo sin haber recibido compensación por horas extras acumuladas, puedes incluirlas en la reclamación en el finiquito o en reclamación posterior a la inspección de trabajo.

¿Mi convenio puede cambiar los suplementos?

Sí — de hecho, es el convenio quien fija el recargo. El ET solo garantiza el valor de la hora ordinaria como mínimo; los convenios suelen establecer recargos del +25% al +75%, porcentajes mayores para festivos o noches, o compensación con descanso ampliado. Revisa la tabla salarial de tu convenio para saber tu caso exacto.

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