Calculadora de Finiquito Convenio Limpieza 2026
Calcula el finiquito según el III Convenio Colectivo Estatal del Sector de Limpieza de Edificios y Locales. Pre-configurado con 23 días laborables de vacaciones y el salario mínimo sectorial. Incluye información sobre la subrogación, clave en este sector.
Convenio Limpieza (III Convenio): Pre-configurado con 23 días laborables y salario mínimo del sector. Si hay subrogación (cambio de empresa del servicio), no hay finiquito — el contrato continúa con la nueva empresa.
Vacaciones pendientes según el convenio de limpieza
Preconfigurada con los 23 días laborables del III Convenio Estatal.
La subrogación en limpieza: cuándo hay finiquito y cuándo no
La particularidad más importante del sector limpieza es la subrogación empresarial. Cuando un edificio o empresa cambia de empresa de limpieza, el III Convenio obliga a la nueva empresa a absorber a los trabajadores de la empresa saliente:
| Situación | ¿Hay finiquito? | ¿Hay indemnización? |
|---|---|---|
| Cambio de empresa de limpieza (subrogación) | ✗ No (continuación) | ✗ No |
| Despido improcedente por la empresa | ✓ Sí | ✓ 33 días/año |
| Despido objetivo (Art. 52 ET) | ✓ Sí | ✓ 20 días/año |
| Baja voluntaria del trabajador | ✓ Sí | ✗ No |
| Fin de contrato temporal | ✓ Sí | 12 días/año |
Particularidades del III Convenio de Limpieza
El III Convenio Colectivo Estatal del Sector de Limpieza de Edificios y Localesestablece condiciones específicas para sus trabajadores:
- Vacaciones: 23 días laborables anuales, un día más que el mínimo legal de 22.
- Pagas extraordinarias: Dos pagas anuales equivalentes a una mensualidad de salario base, en junio y diciembre.
- Preaviso en baja voluntaria: 15 días naturales.
- Jornadas parciales: Muchos trabajadores del sector tienen jornada a tiempo parcial. En el finiquito, el salario diario se calcula sobre el salario real (proporcional a la jornada), no sobre el salario a tiempo completo.
- Plus de toxicidad o penosidad: Si tu puesto implica manejo de productos tóxicos o condiciones especiales, puede existir un plus que computa en la base del finiquito si es fijo y regular.
Jornada parcial: Si trabajas a tiempo parcial, introduce en la calculadora el salario mensual real que recibes (ya prorratado a tu jornada), no el equivalente a jornada completa.
Preguntas frecuentes
¿Qué incluye el finiquito en el convenio de limpieza?
El finiquito en el sector de limpieza incluye: salario de los días trabajados en el último mes y no cobrados (Art. 29 ET), compensación por los 23 días laborables de vacaciones devengadas y no disfrutadas según el III Convenio Colectivo Estatal del Sector de Limpieza de Edificios y Locales (Art. 38 ET), y la parte proporcional de las pagas extraordinarias (Art. 31 ET). Si el despido es improcedente, se añade la indemnización de 33 días/año. Importante: si hay subrogación (cambio de empresa), no hay finiquito sino continuación del contrato.
¿Qué es la subrogación en limpieza y cómo afecta al finiquito?
La subrogación en limpieza es la obligación de la nueva empresa adjudicataria de un servicio de limpieza de absorber a los trabajadores de la empresa saliente, manteniendo las mismas condiciones laborales. Si hay subrogación, el contrato de trabajo continúa con la nueva empresa y NO hay finiquito ni indemnización —se trata de una cesión de la relación laboral, no de una extinción. El finiquito solo procede cuando hay una extinción real del contrato: despido, baja voluntaria, fin de contrato temporal o jubilación.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de limpieza?
El III Convenio Colectivo Estatal del Sector de Limpieza de Edificios y Locales establece 23 días laborables de vacaciones anuales, un día más que el mínimo legal de 22. Algunos convenios autonómicos del sector mejoran este mínimo. En el finiquito se compensa la parte proporcional de los días no disfrutados: si has trabajado 6 meses del año, te corresponde compensación por 23 × (6/12) = 11,5 días menos los que ya hayas disfrutado.
¿Cuál es el preaviso en el convenio de limpieza?
El III Convenio Colectivo de Limpieza establece un preaviso de 15 días naturales para la baja voluntaria del trabajador, independientemente de la antigüedad. Si la empresa despide por causas objetivas, el preaviso mínimo legal es de 15 días (Art. 53 ET). Si el trabajador no cumple el preaviso de baja voluntaria, la empresa puede descontar del finiquito el equivalente salarial de los días no preavisados, siempre que acredite el perjuicio.
¿Qué pasa con mi finiquito si cambia la empresa de limpieza del edificio donde trabajo?
En la mayoría de los casos, si cambia la empresa de limpieza del edificio donde prestas servicios, se aplica la subrogación empresarial prevista en el III Convenio de Limpieza: la nueva empresa tiene la obligación de mantener tu contrato en las mismas condiciones. En ese caso, no hay finiquito. La empresa saliente sí debe entregarte un certificado de deuda y un documento de saldo y liquidación de los haberes pendientes hasta la fecha de cambio. Solo si la empresa saliente incumple las obligaciones previas a la subrogación puedes reclamar daños y perjuicios.
Base legal
- Art. 29 ET — Salario pendiente
- Art. 31 ET — Pagas extraordinarias
- Art. 38 ET — Vacaciones (23 días laborables según III Convenio)
- Art. 44 ET — Subrogación empresarial
- Art. 49 ET — Extinción del contrato
- III Convenio Colectivo Estatal del Sector de Limpieza de Edificios y Locales
Estatuto de los Trabajadores: RDLeg 2/2015. Disponible en boe.es.