Finiquitea

Calculadora de Finiquito Convenio Construcción 2026

Calcula el finiquito según el IV Convenio General de la Industria de la Construcción (CGIC). Pre-configurado con 30 días naturales de vacaciones y el salario de referencia para peón especialista. Ajusta según tu categoría y convenio provincial.

Convenio Construcción (IV CGIC): Pre-configurado con 30 días naturales de vacaciones y salario de referencia para peón especialista. Modifica según tu categoría y convenio provincial.

Datos del cálculo

Calcula los importes que te corresponden al extinguir tu contrato

Sin incluir pagas extra

Mínimo legal: 22 laborables (30 naturales)

Si te vas sin preavisar, la empresa puede descontarte 1 día de salario por día (habitual: 15). Deja 0 si te despiden.

Vacaciones pendientes según el convenio de construcción

Preconfigurada con los 30 días naturales del IV CGIC.

Calculadora de Vacaciones 2026

Calcula días pendientes y compensación en finiquito

Tu salario base mensual

Míralo en tu convenio o contrato

Mínimo legal: 30 naturales. Tu convenio puede mejorarlo (31, 33, 35…)

En este año, en la misma unidad (naturales)

Particularidades del convenio de construcción

El IV Convenio General de la Industria de la Construcción (CGIC) regula las condiciones laborales de trabajadores en obra civil, edificación y trabajos auxiliares. Sus características principales para el cálculo del finiquito son:

  • Vacaciones: 30 días naturales anuales (equivalente al mínimo legal). Los convenios provinciales pueden mejorar este mínimo.
  • Plus de transporte: Compensación por desplazamiento al centro de trabajo. Si es de carácter salarial fijo, computa en la base de vacaciones e indemnización. Si es extrasalarial (compensación de gastos reales), no computa.
  • Plus de distancia: Adicional al transporte si el centro de trabajo está a más de 2 km del domicilio. Tratamiento similar al plus de transporte.
  • Categorías profesionales: El salario varía significativamente según la categoría (peón, oficial, encargado). El finiquito debe calcularse sobre el salario real de tu categoría, no sobre el SMI.
  • Contratos indefinidos vinculados a obra: La finalización de la obra no extingue automáticamente el contrato; requiere un procedimiento específico y puede generar derecho a indemnización.

Salarios por categoría en construcción 2026

El IV CGIC establece tablas salariales por categoría. Estas son referencias orientativas para 2026 (el salario real incluye plus de transporte y otros complementos):

CategoríaSalario base orientativo
Peón ordinario~1.350 €/mes
Peón especialista~1.450–1.550 €/mes
Oficial de 2.ª~1.600–1.750 €/mes
Oficial de 1.ª~1.800–2.100 €/mes
Encargado de obra~2.200–2.600 €/mes

Datos orientativos. Varía por convenio provincial y empresa. El salario real incluye pluses.

Preguntas frecuentes

¿Qué incluye el finiquito en el convenio de la construcción?

El finiquito en construcción incluye: salario de los días trabajados en el último mes (Art. 29 ET), compensación por los 30 días naturales de vacaciones devengadas y no disfrutadas (Art. 38 ET), y la parte proporcional de las pagas extraordinarias (Art. 31 ET). Si el despido es improcedente, se añade la indemnización de 33 días/año. Pueden incluirse también el plus de transporte y plus de distancia si tienen carácter salarial fijo en nómina. El finiquito en obra varía según el convenio provincial y la categoría profesional.

¿El plus de transporte computa en el finiquito de construcción?

Depende de cómo esté configurado en tu convenio y nómina. Si el plus de transporte es un complemento salarial fijo que aparece en todas las nóminas, computa en la base de cálculo de vacaciones e indemnización. Si es una compensación extrasalarial por gastos reales de desplazamiento (dietas o kilómetros), no computa. El IV Convenio General de la Industria de la Construcción (CGIC) distingue entre pluses salariales y percepciones extrasalariales. Revisa tu nómina para ver cómo está clasificado.

¿Cuántos días de vacaciones da el IV Convenio General de la Construcción?

El IV Convenio General de la Industria de la Construcción (CGIC) establece 30 días naturales de vacaciones anuales, igual que el mínimo legal del Estatuto de los Trabajadores. Muchos convenios provinciales de construcción (Madrid, Cataluña, Andalucía...) mejoran este mínimo con días adicionales según la antigüedad del trabajador. En el finiquito se compensa la parte proporcional de los días no disfrutados.

¿Cuál es el preaviso en el convenio de la construcción?

El IV Convenio General de la Construcción establece preavisos diferentes según la causa: en caso de despido por la empresa por causas objetivas, el preaviso mínimo es de 15 días (Art. 53 ET). En caso de baja voluntaria del trabajador, el plazo lo fija el convenio provincial aplicable, generalmente entre 15 y 30 días. En obras con duración limitada, la finalización de la obra es causa de extinción con derecho a indemnización de 7 días/año por parte de los contratos indefinidos vinculados a obra.

¿Cómo afecta la categoría profesional al finiquito en construcción?

La categoría profesional en construcción (peón ordinario, peón especialista, oficial de 1.ª, oficial de 2.ª, encargado de obra, etc.) determina el salario base y, por tanto, la base de cálculo del finiquito y la indemnización. A mayor categoría, mayor salario y mayor finiquito. El IV CGIC y los convenios provinciales establecen tablas salariales por categoría actualizadas anualmente. Verifica en qué grupo cotizas para asegurar que el finiquito está correctamente calculado.

Base legal

  • Art. 29 ET — Salario pendiente
  • Art. 31 ET — Pagas extraordinarias
  • Art. 38 ET — Vacaciones (30 días naturales mínimo)
  • Art. 49 ET — Extinción del contrato
  • IV CGIC — IV Convenio General de la Industria de la Construcción

Estatuto de los Trabajadores: RDLeg 2/2015. Disponible en boe.es.