El despido disciplinario es el único que, si es procedente, no genera indemnización. Pero eso no significa quedarse sin nada: siempre conservas el finiquito y el derecho al paro, y si la empresa no prueba la causa, el despido se convierte en improcedente con 33 días por año trabajado.
Qué es y qué causas lo justifican (Art. 54 ET)
Es la extinción del contrato por un incumplimiento grave y culpable del trabajador. El Art. 54 ET enumera las causas:
- Faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad
- Indisciplina o desobediencia en el trabajo
- Ofensas verbales o físicas al empresario o compañeros
- Transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza
- Disminución continuada y voluntaria del rendimiento
- Embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten en el trabajo
- Acoso al empresario o a las personas que trabajan en la empresa
La carga de la prueba es de la empresa: no basta con alegar la causa en la carta, hay que acreditarla ante el juez si impugnas.
Lo que cobras aunque el despido sea procedente
- Finiquito completo: salario de los días trabajados, vacaciones no disfrutadas y parte proporcional de pagas extra. El tipo de despido nunca afecta al finiquito. Calcúlalo con la calculadora de finiquito 2026.
- Prestación por desempleo: el despido disciplinario es situación legal de desempleo, aunque sea procedente. El SEPE no entra a valorar la causa del despido. Estima tu prestación con la calculadora de paro SEPE.
Lo único que pierdes con la procedencia es la indemnización: 0 días por año.
Requisitos formales de la carta de despido
El Art. 55 ET exige comunicación escrita con los hechos concretos que lo motivan (con fechas y detalle, no fórmulas genéricas) y la fecha de efectos. El convenio colectivo puede añadir requisitos (expediente contradictorio, audiencia previa). Además, la jurisprudencia exige dar audiencia previa al trabajador antes de despedir disciplinariamente. Los defectos formales abren la puerta a la improcedencia.
Cuándo se convierte en improcedente (y qué ganas)
Si impugnas y la empresa no acredita los hechos, o la sanción es desproporcionada, o la carta es defectuosa, el juez declara el despido improcedente. La empresa deberá elegir entre readmitirte o pagarte 33 días de salario por año trabajado (tope 24 mensualidades, con cálculo mixto si tu contrato es anterior a 2012). Muchos despidos disciplinarios "de libro" acaban pactándose como improcedentes en el SMAC.
Calcula cuánto te correspondería si se declara improcedente con la calculadora de despido improcedente (33 días/año).
Plazos: 20 días hábiles para impugnar
- Papeleta de conciliación ante el SMAC dentro de los 20 días hábiles desde la fecha de efectos (Art. 59.3 ET). La papeleta suspende el plazo.
- Sin acuerdo, demanda ante el juzgado de lo social en el plazo restante.
El plazo de 20 días es de caducidad: pasado, el despido queda firme aunque fuera injusto. Actúa rápido.
⚠️ Aviso: Este artículo es informativo y no constituye asesoramiento legal. La calificación del despido depende de los hechos y su prueba: consulta tu caso con un abogado laboralista cuanto antes (el plazo corre).
Te han despedido: calcula todo lo que te deben
Finiquito siempre, indemnización si hay improcedencia y paro del SEPE. Ten los números antes de firmar nada.
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