Para dimitir correctamente solo necesitas dos cosas: una comunicación escrita con fecha de efectos y respetar el preaviso (15 días naturales es lo habitual, pero manda tu convenio). Aquí tienes el modelo de carta listo para copiar y lo que debes saber antes de entregarla: finiquito sí, paro no.
Modelo de carta de baja voluntaria
Entrega dos copias y quédate una firmada por la empresa con la fecha de recepción. Si se niegan a firmar, envíala por burofax con certificación de contenido: la fecha de recepción es la que hace correr el preaviso.
El preaviso: 15 días… o lo que diga tu convenio
El Art. 49.1.d ET exige dimitir "mediando el preaviso que señalen los convenios colectivos o la costumbre del lugar". La regla práctica:
- Consulta tu convenio: es la fuente principal. Lo habitual son 15 días naturales, pero hay convenios con 30 días para técnicos o mandos.
- Si incumples el preaviso, la empresa puede descontarte del finiquito los días no preavisados (un día de salario por cada día de incumplimiento, si el convenio lo prevé).
- El preaviso se trabaja con normalidad, salvo que pactes con la empresa su dispensa.
Qué cobras (y qué no) al dimitir
- Finiquito: sí, siempre. Salario de los días trabajados, vacaciones no disfrutadas y parte proporcional de pagas extra. Calcúlalo con la calculadora de finiquito por baja voluntaria.
- Indemnización: no. La dimisión no genera indemnización alguna.
- Paro: no. La baja voluntaria no es situación legal de desempleo. Excepción: la extinción causal del Art. 50 ET (impagos reiterados, modificaciones sustanciales que dañen tu dignidad…), que requiere demanda judicial y sí da derecho a indemnización de despido improcedente y a paro.
¿Puedo arrepentirme después de entregarla?
La dimisión es irrevocable una vez aceptada: la empresa no está obligada a admitir tu retractación, aunque la jurisprudencia la admite si se produce antes de la fecha de efectos y no causa perjuicio a la empresa. Si dimitiste en un momento de tensión (una discusión, un "ahí te quedas"), la retractación inmediata tiene más opciones de prosperar. No cuentes con ello: entrega la carta solo cuando la decisión sea firme.
Errores a evitar
- Dimitir de palabra o por WhatsApp sin constancia fehaciente
- No guardar copia sellada o acuse de recibo
- Firmar ese mismo día un finiquito sin revisar los importes
- Dimitir cuando en realidad hay impagos o incumplimientos graves de la empresa (valora antes el Art. 50 ET con un abogado: cambia paro e indemnización)
Preguntas frecuentes
¿Cuánto preaviso tengo que dar si dimito?
Lo que fije tu convenio colectivo; lo habitual son 15 días naturales, aunque algunos convenios exigen 30 días para técnicos o mandos (Art. 49.1.d ET).
¿Qué pasa si no cumplo el preaviso al dimitir?
La empresa puede descontarte del finiquito el equivalente a los días de preaviso incumplidos, si el convenio lo prevé expresamente.
¿Cobro indemnización o paro si dimito voluntariamente?
No, ninguna de las dos, salvo que se trate de una extinción causal del Art. 50 ET (impagos reiterados u otro incumplimiento grave de la empresa reconocido judicialmente), que sí da derecho a indemnización de despido improcedente y a paro.
¿Puedo arrepentirme después de entregar la carta de dimisión?
La dimisión es irrevocable una vez aceptada, aunque la jurisprudencia admite la retractación si se produce antes de la fecha de efectos y no causa perjuicio a la empresa. No cuentes con ello: entrega la carta solo cuando la decisión sea firme.
⚠️ Aviso: Este artículo es informativo y no constituye asesoramiento legal. El plazo de preaviso y sus efectos dependen de tu convenio colectivo. Consulta con un graduado social o abogado laboralista para tu caso concreto.
Calcula tu finiquito antes de entregar la carta
Aunque dimitas, la empresa te debe el finiquito completo: salario pendiente, vacaciones y pagas extra proporcionales.
Calcular mi finiquito por baja voluntaria →