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Plazos tras un despido: hasta qué día puedes actuar

Después de un despido hay tres plazos que corren a la vez y que no se pueden recuperar si se pasan: impugnar el despido, pedir el paro y reclamar el finiquito. Introduce la fecha de tu cese y te decimos el último día de cada uno, con la opción de añadirlos a tu calendario para que no se te escape ninguno.

Calculadora de plazos tras el despido

Hasta qué día puedes impugnar, pedir el paro y reclamar tu finiquito

La que figura en la carta de despido o el último día de contrato

Retrasan el inicio del plazo para pedir el paro. 0 si no lo sabes.

Los tres plazos de un vistazo

QuéPlazoBase legal
Impugnar el despido20 días hábiles (caducidad)Art. 59.3 ET · Art. 103.1 LRJS
Solicitar el paro15 días hábilesArt. 276.1 LGSS
Reclamar el finiquito o salarios1 año (prescripción)Art. 59.1 y 59.2 ET

La caducidad no se interrumpe: solo se suspende mientras se tramita la conciliación. La prescripción sí se interrumpe con una reclamación y vuelve a empezar desde cero.

Qué hacer en cada plazo

  1. Revisa el finiquito antes de firmarlo. Compara cada concepto con lo que te corresponde en nuestra herramienta para revisar tu finiquito. Si algo no cuadra, firma como «no conforme».
  2. Pide el paro en cuanto puedas. No hace falta esperar a tener el finiquito ni a impugnar el despido: son trámites independientes. Calcula cuánto cobrarás en la calculadora de paro.
  3. Si no estás de acuerdo con el despido, presenta la papeleta de conciliación dentro de los 20 días hábiles. Es el paso previo obligatorio a la demanda y suspende el plazo.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días tengo para impugnar un despido?▼

20 días hábiles desde el día siguiente a la fecha de efectos del despido (Art. 59.3 ET y Art. 103.1 LRJS). No cuentan los sábados, los domingos ni los festivos, pero agosto sí cuenta para el despido. Es un plazo de caducidad: si se pasa, el despido queda firme aunque fuera improcedente.

¿La papeleta de conciliación detiene el plazo del despido?▼

Sí. Presentar la papeleta ante el servicio de mediación y conciliación suspende el plazo de caducidad (Art. 65.1 LRJS). El cómputo se reanuda al día siguiente de intentada la conciliación o, si no se celebra, cuando pasan 15 días hábiles desde su presentación. Por eso conviene presentarla cuanto antes y no apurar el último día.

¿Qué plazo tengo para pedir el paro después del despido?▼

15 días hábiles desde la situación legal de desempleo (Art. 276.1 LGSS). Si en el finiquito te pagan vacaciones no disfrutadas, la situación legal de desempleo empieza al terminar ese periodo. Si lo pides tarde no pierdes el derecho, pero se descuentan de la prestación los días de retraso.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar el finiquito si me pagan de menos?▼

Un año desde que pudiste reclamarlo (Art. 59.1 y 59.2 ET), normalmente desde el fin del contrato. El plazo se interrumpe con la papeleta de conciliación o una reclamación fehaciente, como un burofax. Firmar el finiquito como «no conforme» deja claro que no renuncias a reclamar.

¿Por qué la calculadora no descuenta los festivos de mi comunidad?▼

Porque cada comunidad autónoma y cada municipio tienen festivos distintos. Solo descontamos sábados, domingos y las cuatro fiestas nacionales que ninguna comunidad puede sustituir (1 de enero, 1 de mayo, 12 de octubre y 25 de diciembre). Así la fecha que mostramos es la más prudente: tu plazo real puede terminar algún día más tarde, pero nunca antes.

Aviso legal: Los resultados son orientativos y no constituyen asesoramiento legal. Consulta con un abogado laboral o gestoría para tu caso concreto.